18 dic 2014

LOS DESAHUCIOS SE PUEDEN PARAR


si se puede, pero no quieren

Es un ataque al poder en toda regla. Paralizar las ejecuciones hipotecarias ya es posible en España.  Lo imprescindible es el soporte documental. 

Y el soporte documental YA existe, no todo es accesible pero existir existe. Y todo ello no solo es reconocido por el ex juez Elpidio Silva Pacheco, también se ha  contrastado con la opinión de otros jueces, registradores de la propiedad y abogados especializados. La conclusión de todos ellos es unánime “cabe la posibilidad” de paralizar las ejecuciones hipotecarias. Parece una labor imposible. Fabricar una bomba atómica con capacidad de paralizar las ejecuciones hipotecarias lo compensa todo. 

Una “bomba atómica” que tiene dos espoletas:
Paralizar las ejecuciones hipotecarias
  1. la civil: con la paralización de las ejecuciones hipotecarias
  2. la penal: por el engaño en los procedimientos judiciales de ostentar el papel de acreedor sin exhibir los poderes que le legitiman para reclamar la deuda con el fin de no levantar la liebre de que tan sólo es el cobrador del frac en lugar del acreedor. 


A la banca se le abre la puerta del infierno de la vía penal.

Así es. Aunque nuestra intención es solo informar de la conclusión, puedes encontrar toda la información en el artículo La “bomba atómica” dirigida a la banca está lanzada, publicado el pasado 8 de diciembre en el blog "Ataque al Poder". En este artículo Josep Manuel Novoa Novoa  explica como se ha desarrollado todo este trabajo de investigación, comenzando por el detonante -las hipotecas subprim-, pasando por el mecanismo -la regulación del tratado de Basilea III que exige a la banca un capital social como mínimo del 8% de los activos en riesgo- y terminando en la conclusión -la mala fe de los bancos al dirigirse a los juzgados escondiendo su calidad de cobrador del frac y presentándose como parte actora en el procedimiento omitiendo que actúa en nombre y representación del Fondo de Titulización y de la Sociedad Gestora, puede provocar la anulación del juicio y la apertura de un juicio penal.

Admito que es una osadía manifestar algo que parece imposible: impedir que los bancos ejerzan el sagrado y divino derecho de apropiarse de la vivienda hipotecada dejando al deudor con los muebles en la calle y con una deuda de por vida. Pero es así. No es el objetivo de este post reflejar todos los matices y detalles por lo que, bajo otros parámetros, os recomendamos que escuchéis la entrevista grabada que os adjuntamos al final del artículo, realizada a Josep Manuel Novoa Novoa, donde el propio autor aclara con detalle como las ejecuciones hipotecarias se pueden paralizar y añade que las ya consumadas se pueden revertir.

Lo que importa ahora, una vez dicho de que va el asunto, es llevarlo de la teoría a la práctica generalizada. Y en eso estamos. Hay que parar la horrible aplicación de la ley que saca la gente de sus casas para acabar abandonadas.


La conclusión

La conclusión a la que ha llegado el autor de este impresionante trabajo de investigación es la siguiente: En más del 99% de los casos el banco ya no es el dueño de la deuda, el dueño es el bonista que adquiere la deuda y por tanto el único que legalmente podría reclamar. 

Entonces, ¿cuando se le pueden parar los pies al banco? ¿donde el "remedio" puede tener éxito? 

Cuando la subasta ya se ha llevado a cabo y el banco se ha adjudicado la vivienda es cuando el remedio puede tener éxito. Concretamente cuando el banco solicita al juez que disponga el "lanzamiento", es decir, que eche de la vivienda al deudor. Es ahí donde se le puede parar los pies al banco y es ahí donde el "remedio" de Josep Manuel puede tener éxito. 

Por fin un ataque al poder en toda regla.


¿Crees que por fin podemos parar la masacre que la banca está ejecutando en España?

¿Crees que al fin España seguirá las mismas directrices hipotecarias del resto del planeta?

¿Crees que conseguiremos algún día vivier en una democracia real para los ciudadanos?



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